FORMACIÓN BONIFICADA

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Formaciones Bonificadas.

Todas las empresas disponen de una ayuda económica para financiar las acciones de formación de sus trabajadores que se hace efectiva de manera muy sencilla mediante bonificaciones a la Seguridad Social. La financiación de estas acciones se regula en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que se desarrolla en la ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio.

El crédito de que dispone cada empresa para realizar acciones formativas se calcula al aplicar a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establece en la Ley de Presupuestos del Estado.


Formaciones Bonificadas.

Todas las empresas disponen de una ayuda económica para financiar las acciones de formación de sus trabajadores que se hace efectiva de manera muy sencilla mediante bonificaciones a la Seguridad Social. La financiación de estas acciones se regula en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que se desarrolla en la ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio.

El crédito de que dispone cada empresa para realizar acciones formativas se calcula al aplicar a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establece en la Ley de Presupuestos del Estado.

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Las empresas que cotizan por la Contingencia de Formación Profesional disponen de un Crédito Anual para Formación Continua, que resulta de aplicar, a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de Formación Profesional durante el año anterior, el porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de las empresa y número de trabajadores.
Las empresas, a veces, no disponen de los medios necesarios para realizar la Formación y sacar el máximo partido de la misma. Igualmente se hace necesaria una gestión adecuada de comunicación de inicio y de finalización de las acciones formativas y del resto de la documentación a través de un programa informático de conexión telemática con la Fundación Estatal, necesario para llevar a cabo todo el proceso de la formación.
Este nuevo modelo de Formación Continua permite concertar la organización y gestión de la formación con una Entidad organizadora o Centro de Formación Homologado que asuma estas funciones.


Video Explicativo de la Fundacion Tripartita

Credito Formativo

El crédito de que dispone cada empresa para realizar las acciones formativas

Plantilla Media

  • De 1 a 5 trabajadores
  • De 6 a 9 trabajadores
  • De 10 a 49 trabajadores
  • De 50 a 249 trabajadores
  • De 250 o más trabajadores

Bonificación

  • 420 euros anuales
  • 100 %
  • 75 %
  • 60 %
  • 50 %

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Obligaciones de las Empresas




Requisitos previos a la Bonificación

Primera Obligación
1. Información a la Representación Legal de los Trabajadores.
Segunda Obligación
2. Adhesión al Convenio de Agrupación.
Tercera Obligación
3. Abonar Comunicación de Inicio de la formación.
Cuarta Obligación
4. Realización de la formación.
Quinta Obligación
5. Comunicación de la Finalización de la formación.

Video Explicativo: Todos somos Fundación Tripartita

FormaliaFormación Bonificada