Preguntas Frecuentes

Cualquier acción formativa que guarde relación con la actividad desarrollada por la empresa y esté dirigida a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales de los trabajadores, y cumpla con los requisitos de duración y límites de participantes establecidos en la normativa.
Sí, siempre que guarde relación con la actividad desarrollada por la empresa.
No, ese tipo de actividades no se consideran acciones formativas de acuerdo a la normativa que regula el sistema de bonificaciones.
Sí, siempre que la empresa tenga centros de trabajo en el territorio español y que sus trabajadores coticen por la contingencia de Formación Profesional en España.
La duración de los cursos no podrá ser inferior a seis horas lectivas. No existe límite máximo, aunque su duración deberá ser adecuada al contenido y objetivos de la acción formativa.

Cuando se trate de formación de carácter transversal en las siguientes áreas prioritarias, las empresas podrán desarrollar móduclos formativos con una duración mínima de cuatro horas y una máxima de 6 horas:

– Tecnologías de la información y la comunicación.
– Prevención de riesgos laborales.
– Sensibilización en medio ambiente.

A efectos de la formación de demanda, se realiza la siguiente distinción de cara a facilitar su gestión:

– Acción formativa: se define por un conjunto de objetivos y contenidos, con una duración propia, y que es impartida mediante una modalidad determinada.

– Grupo formativo: Definido por las personas que participan en una acción formativa, el responsable de su impartición, las fechas y lugar concretos en las cuales se realiza.

En función de la modalidad en la que se imparta el curso, el número de participantes no podrá superar los siguientes límites:

– Cursos presenciales: 25 participantes.
– Cursos a distancia y teleformación: 80 participantes por tutor.

La participación de un trabajador no podrá superar 8 horas por día.
El nivel básico se aplica a la formación en materias transversales o genéricas, que capacita para desarrollar competencias y cualificaciones básicas.

El nivel superior se aplica cuando la formación incorpore materias que impliquen especialización y/o capacite para desarrollar competencias de programación y/o dirección.

– La formación presencial se caracteriza por la coincidencia en tiempo y espacio entre, al menos, un formador y los participantes. Esta modalidad permite la interacción directa y continua en el proceso de enseñanza-aprendizaje, tanto entre el formador y el participante como entre el conjunto de participantes.

– Las acciones formativas presenciales se impartirán en aulas, talleres o instalaciones apropiadas, con la disposición de medios didácticos y materiales necesarios, de acuerdo con lo que establezca el correspondiente programa formativo.

– Se considera modalidad presencial a la utilización de la videoconferencia, entendida como aquella comunicación simultánea bidireccional de audio y video, que permite mantener reuniones con grupos de personas situadas en lugares alejados entre sí y en la que pueden ofrecerse, entre otras, facilidades telemáticas como el intercambio de informaciones gráficas, imágenes fijas, transmisión de ficheros desde el PC, etc.

– No se considera modalidad presencial la Enseñanza Asistida por Ordenador (E.A.O) aunque ésta se desarrolle en el aula de un Centro de Formación, ya que el mero hecho de la asistencia a un espacio físico concreto no garantiza la interacción esperable del proceso de enseñanza-aprendizaje en modalidad presencial, considerándose por tanto como modalidad «a distancia».

La formación «a distancia” deberá realizarse con soportes didácticos que permitan un proceso de aprendizaje sistematizado para el participante, que necesariamente será complementado con asistencia Tutorial. No requiere la coincidencia en el espacio, ni tampoco en el tiempo, del formador y los participantes, ni de todos los alumnos en el centro gestor de la formación.
– Se entenderá que una acción formativa se realiza mediante teleformación (e-learning, formación on-line, formación virtual, etc) cuando la impartición de las acciones formativas se desarrolle a través de Tecnologías de la Información y la Comunicación, mediante una plataforma de formación que posibilite la interactividad de participantes, tutores y recursos localizados en diferentes lugares.

– Esta modalidad comparte algunas características con la modalidad «a distancia», si bien se diferencia en que presenta un entorno virtual de aprendizaje que posibilita la creación de grupos formativos, así como la interacción real y constante entre los participantes y el tutor, y entre los propios participantes.

– Al igual que en la modalidad «a distancia», deberá existir una Guía Didáctica, Asistencia Tutorial, Controles de Aprendizaje y Recibí de entrega de material, si bien no resultará imprescindible el Recibí si el alumno dispone de toda la documentación a través de la plataforma, no existiendo por tanto entrega física del material didáctico. Las actuales plataformas de formación generan registros de interacción con el programa, tanto de la asistencia tutorial como de los controles de aprendizaje, lo que permite el seguimiento del proceso formativo de los participantes.

Es un software corporativo de presentación y acceso a contenidos, que incorpora un sistema gestor del seguimiento, es decir, un programa que actúa como administrador del sistema y permite, como mínimo:

– Informar acerca de los objetivos generales del curso.
– Registrar la actividad de cada usuario.
– Incorporar herramientas de evaluación del participante.
– Analizar el nivel de satisfacción.

​Las aulas virtuales es una variante dentro de la modalidad teleformación. La diferencia con otras acciones formativas de modalidad teleformación es que en este caso se exige que la formación se realice de forma sincronizada para que todos los participantes se encuentren en el aula virtual en el momento de la sesión.
– Control de asistencia: La documentación de un curso presencial no es igual que la de un curso virtual. No se exige la hoja de asistencia, ya que el participante no se encuentra físicamente en el lugar de impartición, debido a que la formación se realiza en un espacio virtual al que se accede a través de las herramientas telemáticas que los organizadores ponen a disposición de los alumnos. Se registrarán las comunicaciones (emails) de aviso de inicio de las clases a los participantes y los acuses de recibo de los participantes confirmando la asistencia.

– Control de aprendizaje: Se debe acreditar un control periódico del aprendizaje del alumno. Es decir, realizar test del aprendizaje que es lo que finalmente acreditará la finalización de la formación de cada participante.

– Entrega de material: Para acreditar el envío de la documentación deberá registrarse la comunicación a los participantes de la disposición del material en el espacio virtual al que accederán con las claves facilitadas.

– Diplomas: Deberá conservarse un acuse de recibo de los participantes (email) que acredite la recepción de los certificados o diplomas.

– Lugar de impartición: deberá indicarse la ubicación (URL) del centro de impartición, así como la clave de acceso para que la Fundación pueda realizar el seguimiento del aula virtual.

​Por horas de autoestudio se entienden aquellas que el alumno destina a formarse en la formación no presencial. A este respecto cuando se pide especificar “excluidas las horas de autoestudio”, se piden las horas de tutorías a distancia o presenciales, es decir, el tiempo en el que el tutor está disponible durante esas tutorías o realizando asistencia tutorial. Por ejemplo, se puede comunicar un curso de 80 horas de duración, que serían las previstas para que el alumno supere el curso. Pero el tutor puede que no esté esas 80 horas disponible, sino 30 horas. En la comunicación de inicio deberá indicar cuándo y cómo o dónde está disponible esas 30 horas, con independencia de que el alumno tenga que realizar 80 horas.

Las horas fuera del horario presencial que el alumno dedica a trabajar individualmente un material proporcionado por un docente, se considerarán de tutorías a distancia o presenciales (si es en un centro) si durante la realización de esos trabajos, el tutor está disponible para atender las consultas de los alumnos. En este caso, se deberán comunicar fecha, hora, modo de contactar con el tutor o lugar donde se encuentre.

– ​Recibí de entrega de material, que incluirá los manuales necesarios para su aprendizaje, estos manuales pueden ser en papel o soporte informático.

– Guía didáctica, que explicará cómo tiene que realizar el alumno el curso, si es a través de EAO, el propio CD-ROM puede incluir todas las explicaciones necesarias, forma de realizar las tutorías, información del tutor, evaluaciones a realizar, forma de realizar el curso, fechas, etc.

– Asistencia tutorial por parte del tutor que realizará un seguimiento del curso (no se considerará válido «estar disponible»), y cuya disponibilidad deberá comunicarse. El tutor tendrá una formación o experiencia que le permita impartir el curso.

– Pruebas de evaluación acordes con los contenidos y la duración de la formación. En el caso de Enseñanza Asistida por Ordenador (EAO) el alumno puede realizar las autoevaluaciones que incluye el autoestudio que se registran en la aplicación, pero además, existirán las que se consideren como controles de aprendizaje, y tendrán que ser remitidas al centro gestor de la formación para su evaluación y custodia, debiendo estar fechadas y firmadas.

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