GESTIÓN DE LAS BONIFICACIONES

Gestión de la Bonificación

Las empresas podrán practicar la bonificación a partir del mes en que finalice el grupo, en el boletín de cotización del mes siguiente o en cualquiera de ellos, o hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso, siendo está la fecha límite.

La formación ayuda a las empresas a incrementar su competitividad y productividad, desarrollando las competencias y cualificaciones de sus asalariados.

Para ello, disponen de una ayuda económica que se hace efectiva mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

La empresa puede decidir qué formación necesita, cómo y cuándo la realiza y organizarla bien por sí misma, bien agrupándoses con otras empresas delegando todos los trámites en una entidad organizadora.

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5 PASOS A SEGUIR PARA REALIZAR LA BONIFICACIÓN

1. Firmar Anexo de Adhesión

Firme el Convenio con Formalia para que podamos gestionar su Formación Bonificada. Su empresa rellenara una hoja de inscripción por cada trabajador interesado y curso.

2. Comunicar el Inicio del Curso

La comunicación se deberá realizar con una antelación mínima de 7 días naturales a la fecha de comienzo de cada grupo; en el caso de los Permisos Individuales de Formación bastará su comunicación antes del inicio. Se deberán comunicar fechas, horarios, lugar de impartición, denominación y contenidos de la acción, modalidad, número de participantes y relación de empresas (en la comunicación de finalización no será admitido un número de participantes superior ni empresas distintas a las notificadas en el inicio).

3. Impartición del Curso

La duración del curso no puede ser inferior a 6 horas, excepto en el caso de módulos formativos de carácter transversal en las siguientes áreas prioritarias, que podrán tener una duración mínima de cuatro horas y máxima de seis: tecnologías de la información y la comunicación, prevención de riesgos laborales, sensibilización medioambiental y promoción de la igualdad.

La participación un trabajador no podrá ser superior a 8 horas diarias.
La formación debe ser gratuita para los participantes.
La empresa debe custodiar los documentos de control de asistencia diaria de los trabajadores al curso.

Modelo de control de Asistencia – Presencial
Modelo de control de Asistencia – A Distancia
Procedimiento modelo control de asistencia.

4. Comunicar la finalización del curso

Se deberá notificar la finalización del curso a través de la aplicación telemática. Dicha comunicación podrá realizarse desde la finalización de la acción, y en todo caso, antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre. Una vez finalizada la acción formativa, la empresa podrá imprimir, desde la aplicación, el diploma para cada uno de los participantes. La empresa, o en su caso, el centro impartidor debe hacer entrega, en el plazo máximo de 2 meses a partir de la fecha de finalización, de dicho certificado o diploma, debiendo conservar justificación documental de su entrega o envío.

5. Aplicación de la Bonificación

La empresa podrá practicar la bonificación a partir del mes en que finalice el grupo, en el boletín de cotización del mes siguiente, o hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso.

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Aplicación de la Bonificación

En cuanto al procedimiento de aplicación de la bonificación, se establecen dos sistemas en función del medio de presentación:

SISTEMA RED

  • Las empresas que trasmitan a través del Sistema RED la relación nominal de trabajadores (TC2) y efectúe el ingreso de cuotas mediante TC1, deberá de aplicar el importe de la bonificación en la casilla 601 del TC1 (suma de Bonificación / Subvenciones).
  • Se cumplimentará en la casilla 763 “Bonificación INEM Formación Continua”
  • Esta bonificación no está asociada a datos de ningún trabajador
  • El importe de la bonificación, se acumulará de forma automática en la casilla 601 del TC1

TC NORMALIZADO

  • Las empresas con menos de 10 trabajadores que no presenten TC2 aplicarán la bonificación en un documento TC1 complementario que no llevará asociado ningún documento TC2
  • Este documento estará codificado con clase de liquidación (CL)4 “Complementaria” y con clave de control (CC) 95 “Bonificaciones por formación continua”. Solo debe detallar el importe relativo a las bonificaciones por formación, casilla 601
  • Se devuelve el importe que se aplica la empresa en el TC1 complementario en el mes siguiente a su presentación en la TGSS

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